Guía Práctica para la Creación de Signos Distintivos Registrables

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Guía Práctica para la Creación de Signos Distintivos Registrables

Conoce los aspectos más importantes a considerar al momento de crear un signo para que pueda ser registrable.

Flavio Diego Ixtlahuac Rodríguez

Esp. en Propiedad Intelectual

d.rodriguez@rmgsc.com

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Guía Práctica

Creación de Signos Distintivos Registrables

Crear una marca atractiva es importante, sin embargo, lograr que el IMPI apruebe su registro es fundamental para preservar el valor real como activo de la empresa. Basado en las restricciones del Artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, esta guía resume algunos puntos básicos qué se deben evitar durante el proceso creativo para asegurar que una marca sea protegible y exclusiva.

1. Conceptos Genéricos y Descriptivos

El error más común es buscar que el nombre describa el producto o servicio. Si la marca menciona al consumidor exactamente qué es o cómo es, el IMPI la rechazará. 

  • Nombres genéricos o uso común: No son registrables los términos comunes del producto o servicio (ej. "Café" para vender café). 
  • Marcas descriptivas: Evítese palabras que indiquen calidad, cantidad, valor o destino de los productos o servicios a distinguir (ej. "Súper Limpiador" para un detergente o "Extra Delicioso" para un pastel ). 
  • Traducciones: Traducir una palabra descriptiva o de uso común al inglés o a otro idioma no engaña a la ley. "Delicious Bakery" sigue siendo descriptiva.

Nota: Estas palabras pueden ser incluidas como parte de la denominación, siempre y cuando vayan acompañadas de otras palabras o elementos que le den distintividad. 

Consejo: Se recomienda buscar crear marcas fantasiosas (palabras inventadas o sin relación directa, como "Apple" para distinguir aparatos electrónicos). Este tipo de marcas son las más fuertes.


2. Símbolos Oficiales y Elementos Aislados

  • Letras y números aislados: Una sola letra o número (ej. "X" o "8") no se registra a menos que tenga un diseño/logotipo sumamente distintivo. 
  • Símbolos patrios o institucionales: Banderas, escudos de países, medallas,  monedas, premios, o logos oficiales o de gobierno están estrictamente prohibidos sin autorización formal.

3. Identidad, Fama y Zonas Geográficas 

  • Nombres y apellidos de terceros: Usar el nombre, apellido o seudónimo de alguien famoso requiere su consentimiento notariado. Sin él, la marca será bloqueada por riesgo de falsa asociación.
  • Origen geográfico:  No se pueden registrar gentilicios ni nombres de lugares conocidos por la producción de ciertos productos o servicios (por ejemplo, "Tequila", "Champagne" o "Cajeta de Celaya").

4. Similitud y Engaño

La falta de investigación previa es la causa de rechazo más frecuente para los nuevos proyectos.

  • Similitud en grado de confusión: Si la marca propuesta se parece visual, fonética o conceptualmente a una marca ya registrada o en trámite para productos o servicios similares, será rechazada. 
  • Marcas Famosas: Gozan de protección total. No es posible usar el nombre de una marca famosa ni siquiera para un giro comercial completamente distinto.
  • Obras literarias o artísticas: No es posible registrar nombres idénticos o semejantes a obras literarias o artísticas, ni aquellos que contengan imágenes o elementos de las mismas.
  • Inducción al error: No se pueden registrar aquellos signos que sean susceptibles de engañar o inducir al público consumidor a error sobre la naturaleza o características de los productos o servicios. 

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