Con un eco que llegó hasta la Unión Europea, el pasado viernes 15 de mayo la Secretaría de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se emite la Política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional.”
No pasó ni un día y el revuelo y la controversia se hacían notar por todos lados, redes sociales como Twitter y Facebook, noticieros nacionales e incluso internacionales comentaban sobre tremenda aberración al Estado de Derecho y la Iniciativa Privada pero, ¿por qué tanta conmoción?
Pues bien, resulta que mediante el acuerdo de 31 páginas, la Secretaría de Energía pone un freno muy considerable a la Industria de las Energías Renovables, pues ésta asume las riendas del Sistema Eléctrico Nacional, entre otras cosas, limitando la instalación de plantas de generación de energías limpias, favoreciendo a las pertenecientes a la Comisión Federal de Electricidad, mismas que funcionan a base de carbón y combustóleos.
Aunado a lo anterior, destaca la limitación de emisión de permisos para nuevas plantas, así como la prohibición de construcción de proyectos en lugares que se puedan considerar, discrecionalmente, con problemas de capacidad de transmisión para “evitar sobrecargas en la red”.
Con esto, se suspende la emisión de permisos, la revisión de plantas ya existentes e incluso la suspensión a pruebas preoperativas, siendo estas últimas uno de los pasos finales para entrar en operación.
Ahora bien, ¿qué es lo que implica todo esto? En primer término, implica una violación a no sólo el ordenamiento jurídico nacional, sino que se violan acuerdos internacionales, como el Acuerdo de París, pues el limitar el uso de energías renovables, el país aumentará considerablemente su emisión de gases contaminantes, además de que difícilmente se logrará la meta propuesta para que en el año 2024, el 35% de la energía nacional provenga de fuentes renovables.
En segundo término, la Secretaría de Energía ha violentado de manera flagrante a nuestra Constitución Federal, ignorando por completo diversos principios como la seguridad jurídica, legalidad, irretroactividad de ley e incluso el no muy conocido de confianza legítima.
Y por si no fuera obvia la transgresión al orden jurídico nacional, esta medida, conforme la Ley General de Mejora Regulatoria, debió de haber sido sometida al Análisis de Impacto Regulatorio, el cual consiste en que, la sociedad mexicana como consumidora de energía eléctrica y destinatario final del servicio, debió de tener la oportunidad de emitir su opinión al respecto, poder ofrecer alternativas y recomendaciones, pues como sociedad es nuestro deber hacer valer nuestros derechos. A pesar de todo esto, y utilizando como justificación la pandemia por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), la Secretaría de Energía se “brincó” este paso y procedió a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el cual de igual forma actuó indebidamente.
Ahora que ya se expuso el qué, nos hace falta saber el por qué. En resumidas cuentas, la Secretaría de Energía alega que las energías renovables no son “tan confiables” para poder brindar un servicio de calidad al pueblo mexicano, puesto que estas no cumplen con los principios señalados en el título del acuerdo, mismos que, conforme la Ley de la Industria Eléctrica, son rectores del suministro de esta energía; por lo que, mediante el control del Sistema Eléctrico Nacional, a la industria eléctrica se le otorgará mayor eficiencia para nosotros como consumidores finales, ignorando por completo las obligaciones ya contraídas, el impacto al medio ambiente, a la salud y sobre todo a la economía mexicana.
¿Qué nos queda hacer? Tenemos que hacer valer nuestros derechos, jamás quedarnos de brazos cruzados ante esta y cualquier otra arbitrariedad por parte de las autoridades, debemos exigir el puntual cumplimiento de las leyes que, a final de cuentas, son el sustento y pilar de este país.
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