La industria de los suplementos alimenticios es una rama altamente regulada hoy en día, por lo que es de suma importancia conocer y cumplir con dichas regulaciones, de lo contrario, podrías enfrentarte a muchísimos problemas. Si tú fabricas y/o vendes suplementos alimenticios, esto es para ti 😉.
Podemos considerar que la regulación existe en tres sistemas principales, que son: Ley General de Salud, Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios y Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad.
Una de las razones por las que son tan regulados, además del impacto que claramente tienen en nuestra salud, es la reciente proliferación de los "productos milagro", por lo que se vuelve muy, muy importante saber qué podemos considerar como un suplemento alimenticio.
La Ley General de Salud define a estos últimos como aquellos productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se podrán presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementar o suplementar alguno de sus componentes. Algunos ejemplos muy comunes son proteínas, cápsulas con aceites, probióticos y muchísimos otros.
Es fundamental entender bien su finalidad, para no caer en la categoría ya mencionada y evitar problemas, ya que un caso muy común es que se les atribuyan efectos terapéuticos propios de medicamentos, lo cual sucede cuando se ignora la finalidad ya indicada.
Pero bueno, ¿qué debo hacer si no quiero tener problemas con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, alias COFEPRIS? La respuesta es simple, debes hacer lo siguiente:
Prácticamente cumpliendo con todo lo anterior, estás del otro lado, es decir, no deberías tener ningún problema con la autoridad.
Ahora bien, ¿qué pasa si no cumplo con alguno de estos requisitos? Pues depende de la falta que cometas, pero las consecuencias pueden ir desde el aseguramiento de tus productos, la clausura del establecimiento, suspensión de actividades y hasta multas cuantiosas.
Así que ya lo sabes, si quieres un adecuado cumplimiento normativo, no dudes en contactarnos.
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