¿Cuánto de ingresos anuales puede recibir una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) para 2024?

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¿Cuánto de ingresos anuales puede recibir una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) para 2024?

Año con año se actualiza el monto de ingresos que le está permitido recibir anualmente a una Sociedad por Acciones Simplificada. Para 2024, a continuación se muestran los montos máximos.

Flavio Diego Ixtlahuac Rodríguez

Esp. en Propiedad Intelectual

d.rodriguez@rmgsc.com

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¿Cuál es el límite de ingresos anuales para una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) para 2024?

El 28 de diciembre de 2023, la Secretaría de Economía emitió un Acuerdo destinado a definir el límite de ingresos totales anuales para las Sociedades por Acciones Simplificadas, según lo establece el Artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Dicho Acuerdo revela el factor de actualización para el año 2024, fijado en 1.0432. Este factor es el resultado de cálculos precisos basados en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), siendo determinante para establecer los límites económicos aplicables a las Sociedades por Acciones Simplificadas.

En términos prácticos, este factor de actualización determina que, a partir del 1 de enero de 2024, los ingresos totales anuales de una Sociedad por Acciones Simplificada no podrán rebasar la cantidad de $7,076,469.38 (siete millones setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos 38/100 M.N.).

¿Cuáles son las consecuencias de exceder este límite?

Si una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) excede el límite de ingresos anuales establecido, perderá el beneficio de ser considerada como SAS y tendrá que sujetarse a las regulaciones y requisitos de una sociedad tradicional, debiendo modificar su estructura y transformarse en otro tipo de sociedad mercantil, como una Sociedad Anónima (S.A.) o una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.), entre otras. En caso de no realizar la modificación, se levantará el velo corporativo que protege a los accionistas y cada uno de ellos responderá ante terceros por el pago y cumplimiento de cualquiera de las obligaciones de la Sociedad.

Recuerda que, al constituir una SAS, estaremos sujetos a diversas obligaciones, tales como:

  • Difundir en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles lo siguiente:
    • El Aviso cuando la totalidad del capital social ha sido suscrito y pagado.
    • La Convocatoria de la Asamblea de Accionistas.
    • El Informe Anual sobre la situación financiera de la Sociedad.
    • El Aviso sobre las anotaciones realizadas en el libro de registro de acciones del aumento o disminución de capital social variable.
    • Los contratos celebrados entre el accionista único y la sociedad.
  • La totalidad de las acciones deberá pagarse en el plazo establecido por los accionistas, en un término no mayor a un año.
  • Llevar el libro de registro de acciones de la Sociedad.
  • Transformarse a otra sociedad mercantil tradicional una vez que se rebase el monto de ingresos anuales permitido.

Si bien las Sociedades por Acciones Simplificadas tienen sus ventajas, el cumplimiento de sus obligaciones será crucial para evitar consecuencias negativas.

Si buscas más información, envíanos un correo a d.rodriguez@rmgsc.com

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