Carta de Consentimiento Informado en la Práctica Médica

19

·

Jun

·

2024

//

Para todos

19

·

Jun

·

2024

Para todos

Carta de Consentimiento Informado en la Práctica Médica

La carta de consentimiento informado es un elemento esencial en la relación médico-paciente, cuya omisión puede acarrear graves consecuencias.

Pablo Esteban Chávez Garcia

Director de Derecho Administrativo.

p.garcia@rmgsc.com

Volver

Compartir artículo:

El consentimiento informado se ha convertido en un aspecto casi esencial en la práctica médica, siendo uno de los pilares de la legalidad, confianza y legitimidad de la relación médico-paciente.

Este no es un mero formalismo ni una costumbre del médico, sino que es incluso un requisito para ejercer la actividad médica, cuyo incumplimiento puede traer serias consecuencias para el profesional.

La Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico, define a la carta de consentimiento informado como aquel documento escrito, signado por el paciente o su representante legal o familiar más cercano en vínculo, mediante el cual se acepta un procedimiento médico o quirúrgico con fines diagnósticos, terapéuticos, rehabilitatorios, paliativos o de investigación, una vez que se ha recibido información de los riesgos y beneficios esperados para el paciente.

Definición que nos lleva a un punto sumamente importante y sin el cual no tendría sentido dicho documento, es decir, los riesgos y beneficios esperados. El médico debe hacer del conocimiento del paciente los beneficios y riesgos esperados del procedimiento, sin que sea recomendable asegurar uno u otro, ya que también inciden cuestiones muy variables e incidentales, las cuales también es recomendable informar.

Existen distintos factores que deben considerarse al determinar el contenido del deber de informar del médico: unos de carácter subjetivo y otros de carácter objetivo.

En el primer grupo se debe considerar, entre otros, el nivel cultural, la edad y la situación personal, familiar, social y profesional del paciente.

Entre los factores objetivos, se deben evaluar: la urgencia del caso, la necesidad del tratamiento, la peligrosidad de la intervención, la novedad del tratamiento, la gravedad de la enfermedad y la posible negativa del paciente a recibir información.

Al respecto, entre más urgente sea una intervención médica, menos precisión se exigirá en la información a brindar al paciente. Lo mismo es predicable de la necesidad del tratamiento, de modo que entre menos necesario sea un tratamiento, más rigurosa deberá ser la información, y esta deberá ser extrema en las intervenciones estéticas y, en general, en las llamadas cirugías voluntarias o satisfactivas (vasectomías, salpingoclasia, rinoplastia, mamoplastia, dermolipectomías, entre otras), a diferencia de las cirugías curativas o asistenciales donde la información podrá ser menos rigurosa.

Cabe señalar que entre más peligrosa y novedosa sea una intervención, más exhaustiva deberá ser la información brindada al paciente.

Elementos de la Carta de Consentimiento

Algunos de los elementos que integran esta autorización son los siguientes:

  • Nombre de la institución a la que pertenece el hospital.
  • Nombre, razón o denominación social del hospital.
  • Título del documento.
  • Lugar y fecha.
  • Nombre y firma de quien otorga la autorización.
  • Concepto por el cual se otorga la autorización.
  • Nombre y firma de los testigos.

Una recomendación personal es que, en la medida de lo posible, el paciente firme la carta de consentimiento informado antes de cualquier procedimiento, ya que las consecuencias que se pueden incurrir por una mala práctica médica o una indebida integración del expediente clínico, son bastante onerosas; además, esto le brinda seguridad y confianza al paciente, en cuanto al profesionalismo del médico que lo atenderá, así como del procedimiento al que se someterá.

Las consecuencias a las que se está sujeto por no recabar el consentimiento informado no se limitan al ámbito médico, sino que escalan a sanciones civiles, administrativas e incluso penales que pueden arruinar definitivamente la carrera profesional del médico.

Por ello, resulta fundamental que cumpla con sus obligaciones en materia de salud y prestación de servicios de atención médica, a fin de evitar cualquier sanción que ponga en riesgo la continuación de su práctica profesional, además de fortalecer su reputación y confianza con sus pacientes.

Compartir artículo:

El futuro jurídico
digital ha llegado

Compra online los servicios y productos jurídicos que necesitas.

Ir a la tienda
Contenido digital
útil y de calidad

¿Quieres mantenerte al tanto de todo lo que hacemos? ¡Síguenos en todas nuestras redes sociales!

Regalar un like

Compartir artículo:

Espera... quizá esto te pueda interesar

Para todos

Emprendedores

Empresas

¿Qué es la Comisión Mercantil y Cómo se Utiliza?

Comisión mercantil es un término habitual en el mundo de los negocios, pero ¿qué significa realmente y cómo se aplica en la práctica? En términos sencillos, la comisión mercantil es una forma de compensación que se otorga a un individuo o empresa por la venta de bienes o servicios en nombre de otra entidad.

¿Qué es la Comisión Mercantil y Cómo se Utiliza?

8

·

Nov

·

2023

Para todos

Emprendedores

empresas

Para todos

Emprendedores

Empresas

Desentrañando los Aspectos Legales de la Tokenización Inmobiliaria en México

La tokenización inmobiliaria, una aplicación innovadora de la tecnología blockchain, está ganando terreno en México como una forma de democratizar la inversión en bienes raíces. Sin embargo, este nuevo enfoque plantea una serie de consideraciones legales que deben abordarse para garantizar el cumplimiento y la protección tanto para los emisores como para los inversionistas. En este blog, exploraremos algunos de los aspectos legales clave de la tokenización inmobiliaria en México.

Desentrañando los Aspectos Legales de la Tokenización Inmobiliaria en México

6

·

Feb

·

2024

Para todos

Emprendedores

empresas

Para todos

Emprendedores

Empresas

¿Qué cambió en la Denominación de Origen Mezcal en 2025?

El 24 de septiembre de 2025 se publicó una modificación a la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen (DO) Mezcal, para incorporar un municipio de Michoacán. Este cambio afecta a productores locales, marcas, distribuidores y actores comerciales, ya que exige una revisión de contratos, etiquetado y estrategias de origen.

¿Qué cambió en la Denominación de Origen Mezcal en 2025?

24

·

Oct

·

2025

Para todos

Emprendedores

empresas

Volver

OK

El sitio de RMG Abogados utiliza cookies para garantizar la mejor experiencia a nuestros usuarios. Al utilizar nuestro sitio web automáticamente aceptas el uso de dichas cookies. Para más información puedes contactarnos accediendo aquí.